Expiden nuevo decreto para regular el transporte de carga en Cartagena

 

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (Datt) expidió un nuevo decreto, el 0920 de julio de 2015,  mediante el cual se toman medidas para controlar la circulación de vehículos pesados, volquetas u otros similares en la ciudad. Este decreto modifica el 0445 del 25 de marzo de este año.

La nueva norma establece horarios de acuerdo con las zonas de destino de los vehículos de carga.

El Decreto 0920 de 2015, establece que el Corredor de Acceso Rápido a la Variante de Cartagena (Corredor de Carga) será libre para la circulación de vehículos de carga, no se requiere permiso para transitar.

El mercado de Bazurto será considerado como extensión del Corredor de Carga y tendrán horarios especiales así:

Los vehículos de 3 a 12 toneladas podrán cargar y descargar solo cuando cada bodega del mercado lo solicite; en ningún momento podrá parquear en zonas de vehículos livianos, ni en las vías de acceso a la central de abasto.

Los vehículos de más de 12 toneladas también tienen horarios especiales de ingreso a Bazurto  y le fueron dispuestos sitios especiales para zonas de cargue y descargue. (Ver recursos relacionados).

RESTO DE LA CIUDAD

El nuevo Decreto también establece horario para la circulación de vehículos pesados en el resto de la ciudad. Es así como el transporte de carga hasta de  3.5  toneladas puede transitar todo el día sin permiso.

Los vehículos de 3.5 hasta 7 toneladas pueden transitar sin permiso durante todo el día, a excepción del Centro Histórico.

Los vehículos de 7 a 12 toneladas  solo pueden circular de 7 p.m. a 11 a.m. del día siguiente y deben portar permiso del DATT, el cual se debe requerir con un día anticipación.
Los vehículos de más de 12 toneladas solo pueden transitar entre las 7 p.m. a 5 a.m. del día siguiente con el respectivo permiso.

CONTROL A VOLQUETAS

Las volquetas de capacidad de carga de hasta 12 toneladas podrán circular sin permiso, excepto cuando transporten escombros en las vías cercanas a los cuerpos de agua, tales como la Ciénaga de la Virgen, Zona Norte (la Boquilla, Puerto Rey y Punta Canoa) vía perimetral, avenida El Lago, barrios Manga, Bocagrande, 7 de Agosto, Daniel Lemaitre, Castillogrande, Crespo, Pie de la Popa, Marbella, Crespo, Torices y San Francisco, en cuyo caso deberán solicitar permiso ante el DATT.

Las volquetas de más de 12 toneladas solo pueden transitar con permiso entre las 9 p.m. a 5 a.m. del día siguiente.

 MEZCLADORES

Los mixer o mezcladores de concreto de más de 12 toneladas deben transitar con permiso entre las 7 a.m. hasta las 7 p.m.

 

Artículo Original: El Universal

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